Así lo afirmó el presidente de la Comisión Permanente de Protección Ciudadana de la LXII Legislatura estatal, Carlos Alberto Ramos Aragón, quien con esta premisa presentó al Pleno una iniciataiva con proyecto de decreto para adicionar un párrafo al artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
Desde la máxima tribuna del pueblo oaxaqueño, el legislador del grupo parlamentario del PRI dijo que el objetivo primordial de esta propuesta es establecer como requisito que para ser Secretario de Seguridad Pública, se debe comprobar una experiencia mínima de cinco años en labores vinculadas con la seguridad pública, con documento idóneo.
“Debemos tener la firme convicción de que la persona que esté al frente de la Secretaría de Seguridad Pública cuente con un perfil adecuado a tan importante cargo, que conozca la materia la cual se le confiere, teniendo la experiencia, capacidad y profesionalismo necesarios para garantizar la seguridad pública de nuestra entidad”, destacó.
Detalló que éste es un permanente y contundente reclamo de la sociedad oaxaqueña, porque con ello se busca, además de evitar la improvisación, impedir que la institución de seguridad pública sea utilizada para otros fines que nada tengan que ver con preservar los derechos y las libertades, así como mantener el orden y la paz públicos.
Recordó que desde hace tiempo, el tema de la seguridad pública está en el centro del debate de nuestra comunidad, porque un Estado de Derecho genera las condiciones que permiten al individuo realizar sus actividades cotidianas, con la confianza de que su vida, su patrimonio, y otros bienes jurídicos tutelados, están exentos de peligro, daño o riesgo.
Dijo que la actuación de las instituciones de seguridad pública se rige por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución, de ahí la necesidad de ser más estrictos en la designación del titular de la Secretaría de Seguridad Pública.
Por último, consideró que el trabajo que realiza el Secretario de Seguridad Pública es igual de importante al del Procurador General de Justicia, sin embargo, los requisitos para ambos puestos son diferentes, de ahí la necesidad de que los requisitos sean similares, no sólo los que, para que caso de titular de la SSP, exige el artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Oaxaca.
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